R.TNRCH. Nº 0751-2019-ANA

Resumen

CUT N°:37741-2019.

IMPUGNANTE: Jorge Portocarrero Pérez.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Otros / Silencio Administrativo 

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación presentado por el señor Jorge Portocarrero Pérez contra la resolución denegatoria ficta de su recurso de reconsideración de la Resolución Directoral N°2070-2018-ANA/AAA. CO. y en consecuencia se revoca la referida resolución y la Resolución Directoral N°2070-2018-ANA/AAA.CO. por haber operado el silencio administrativo positivo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 199.1, 199.2  y 199.6 del artículo 199° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: FUNDADO / REVOCA

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

508-2019

Sumilla

Los recursos administrativos destinados a impugnar la imposición de una sanción están sujetos al silencio administrativo negativo, y cuando el administrado haya optado por la aplicación de éste, en las siguientes instancias resolutivas será de aplicación el silencio administrativo positivo

Marco normativo

Numeral 199.1, 199.2  y 199.6 del artículo 199° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0824-2019-ANA

Resumen

CUT N°:39718-2019.

SOLICITANTES: Municipalidad del Centro Poblado Chicchuy-Colpa, Comité de regantes Ogotuna, Comunidad Campesina Chicchuy, Federación de productores Agropecuarios y de las Comunidades Campesinas del Distrito de Amárilis - Huánuco.

ÓRGANO: Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua.

MATERIA: Autorización de Ejecución de Obras.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Jefatural N°317-2010-ANA por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas para declarar la nulidad de dicho acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 202.3 del artículo 202° y artículo 207° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo)

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Martes, 09 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

316-2019

Sumilla

La nulidad de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de 1 año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la denuncia ha sido posterior a dicho plazo

Marco normativo

Numeral 202.3 del artículo 202° y artículo 207° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo)

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0887-2019-ANA

Resumen

CUT N°:93621-2019.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Agua de Riego de la Comunidad Campesina de Occoruro-San Salvador.

ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Regularización una Licencia de Uso de Agua con fines agrarios

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el Comité de Usuarios de Agua de Riego de la Comunidad Campesina de Occoruro-San Salvador contra la Resolución Directoral N°167-2019-ANA-AAA.UV. declarándose la nulidad del referido acto y en consecuencia de la Resolución Directoral N°044-2019-ANA-AAA.UV, por haberse transgredido el Principio del Debido Procedimiento Administrativo.

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo Genera

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

554-2019

Sumilla

La resolución impugnada se sustenta en una supuesta afectación a usos de terceros, basándose en lo constatado en la inspección ocular; sin embargo, en el expediente administrativo no se evidencia que se haya justificado dicha afirmación por parte del órgano de primera instancia con un informe técnico que especifique que usos de terceros se estaría afectando y si la cuenca cuenta con la disponibilidad del recurso hídrico, adoleciendo de motivación insuficiente

Marco normativo

numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo Genera

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

TNRCH. Nº 0884-2019-ANA

Resumen

CUT N°:27570-2018.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

MATERIA: Revisión de oficio.

SUBMATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°622-2018-ANA-AAA.H.CH, por haber resuelto contraviniendo las garantías del debido procedimiento, puesto que contiene un vicio en la motivación (motivación sustancialmente incongruente); y por haber vulnerado el contenido del acto administrativo, en razón de no haber cumplido con atender la pretensión de manera congruente con los términos en que fue planteada.

MARCO NORMATIVO: inciso 1.2 del numeral 1 del articulo IV del Título Preliminar, artículo 3°, 5° y 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NULIDAD DE OFICIO

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

086-2019

Sumilla

Al otorgar la Licencia de Uso de Agua, no se cumplió con atender la pretensión de manera congruente con los términos en que fue planteada, puesto que se terminó otorgando un área bajo riego mayor a la que fue requerida, dando como consecuencia que se haya concedido un volumen de agua superior al que fue sustentado

Marco normativo

inciso 1.2 del numeral 1 del articulo IV del Título Preliminar, artículo 3°, 5° y 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0823-2019-ANA

Resumen

CUT N°:193921-2018.

SOLICITANTE: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUBMATERIA: Licencia de uso de agua subterránea 

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°2918-2017-ANA-AAA-JZ-V. debido a que dicho acto administrativo no incurrió en algún vicio de nulidad

MARCO NORMATIVO: Numeral 84.1 del artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; Numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua aprobado por Resolución Jefatural N°007-2015-ANA

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Martes, 09 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1502-2018

Sumilla

No corresponde la nulidad de oficio por cuanto se cumple con demostrar que cuenta con la certificación ambiental del proyecto que debe ser presentada en el procedimiento para la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, el cual constituye un trámite previo al procedimiento de otorgamiento de licencia de uso de agua

Marco normativo

Numeral 84.1 del artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; Numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua aprobado por Resolución Jefatural N°007-2015-ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0881-2019-ANA

Resumen

CUT N°:230216-2018.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chira.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Liquidación de Intereses de Retribución Económica.

SUBMATERIA: Cobro de los intereses moratorios por concepto de retribución económica, ex canon y ex FONAGUA

SUMILLA: Se declara que el Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas carece de competencia para emitir pronunciamiento de fondo respecto del recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chira contra el Memorándum N°2622-2018-ANA-AAA.JZ.

MARCO NORMATIVO: Literal d) del articulo 4° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua

SENTIDO: CARECE DE COMPETENCIA

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

456-2019

Sumilla

El memorando mediante el cual se requirió realizar el cobro a la Junta de Usuario respecto a los intereses moratorios del concepto de liquidación retribución económica, ex canon y ex FONAGUA, no constituye un procedimiento administrativo sobre el cual tenga competencia este Tribunal, debido a que lo que se pretende es realizar el cobro de una liquidación de retribución económica de años anteriores, el cual se encuentra previsto en el articulo articulo 27° de la Ley N°28693 Ley General del Sistema Nacional de Tesorería.

Marco normativo

Literal d) del articulo 4° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0872-2019-ANA

Resumen

CUT N°:167682-2018.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUBMATERIA: Licencia de uso de agua

SUMILLA: Se resuelve declarar de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°3157-2017-ANA-AAA-CH.CH. por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General y se dispone que la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha emita un nuevo pronunciamiento conforme a lo señalado en el numeral 4.15 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD DE OFICIO

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1254-2018

Sumilla

La solicitante no presentó la certificación ambiental, requisito necesario para el procedimiento de autorización de ejecución obras y por consiguiente para la obtención de la licencia de uso de agua, incumpliendo con lo requisitos exigidos para la obtención de licencia de uso de agua

Marco normativo

articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0885-2019-ANA

Resumen

CUT N°: 174955-2018.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Valle de Tacna.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Sustraer o impedir el uso del agua otorgada a terceros.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios del Valle de Tacna contra la Carta N°407-2019-ANA-AAA.CO-ALA.CL, porque dicha carta no contiene un acto susceptible de impugnación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.1 del artículo 1º y numeral 2 del artículo 62º del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

614-2019

Sumilla

Los denunciantes no están habilitados para impugnar las resoluciones que ponen fin al procedimiento administrativo sancionador

Marco normativo

Numeral 1.1 del artículo 1º y numeral 2 del artículo 62º del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0883-2019-ANA

Resumen

CUT N°:152902-2018.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Revisión de Oficio.

SUBMATERIA: Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico

SUMILLA: Se declara nula de oficio la aprobación ficta de la Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico presentada por la Comunidad Campesina Chivay, debido a que contraviene las normas que rigen la gestión y disposición de los recursos hídricos en lo que se refiere al cumplimiento de los requisitos para acceder a los derechos de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 84 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: NULIDAD DE OFICIO

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

084-2019

Sumilla

El acto administrativo, contraviene las normas que rigen la gestión y disposición de los recursos hídricos en lo que se refiere al cumplimiento de los requisitos para acceder a los derechos de uso de agua

Marco normativo

Artículo 84 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0882-2019-ANA

Resumen

CUT N°:68297-2019.

IMPUGNANTE: Empresa Gases del Pacífico S.A.C.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Gases del Pacifico S.A.C. contra la Resolución Directoral N°102-2019-ANA-AAA.M, y en consecuencia, nulo el citado acto administrativo, debido a que fue emitido vulnerando el Principio del Debido Procedimiento, en su manifestación al derecho a la prueba y a la debida motivación de las resoluciones administrativas, disponiéndose la reposición de los actuados.

MARCO NORMATIVO: numeral 1 del artículo 10" del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

444-2019

Sumilla

El acto administrativo, fue emitido vulnerando el Principio del Debido Procedimiento, en su manifestación al derecho a la prueba y a la debida motivación de las resoluciones administrativas

Marco normativo

numeral 1 del artículo 10" del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo Genera

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor