R.TNRCH. Nº 0262-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 16890-2020.

IMPUGNANTE: Procuraduría Pública de la Municipalidad Provincial de Tacna.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Declarar de oficio la caducidad administrativa del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra la Municipalidad Provinciai de Tacna a través de ta Notificación N° 0485-2018-ANA-AAA.C0-ALA,CL, en consecuencia, se dispone el archivo de dicho procedimiento, dejándose sin efecto la Resolución Directoral N° 1638-2019-ANA/AAA.CO.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Caducidad

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de Oficio

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

122-2020

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolucion de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0264-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 24714-2020.

IMPUGNANTE: Guido Ayma Carlos.

ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota

SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad administrativa del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra el señor Guido Ayma Carlos a traves de la Notificacion N° 219-2019-ANA-AAA.UV-ALA.CZ, disponiendose el archivo de dicho procedimiento y dejandose sin efecto la Resolucion Directoral N° 834-2019-ANA-AAA.UV.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Caducidad

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de Oficio

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

129-2020

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolucion de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor