R.TNRCH. Nº 0262-2020-ANA
Resumen
CUT N°: 16890-2020.
IMPUGNANTE: Procuraduría Pública de la Municipalidad Provincial de Tacna.
ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.
SUMILLA: Declarar de oficio la caducidad administrativa del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra la Municipalidad Provinciai de Tacna a través de ta Notificación N° 0485-2018-ANA-AAA.C0-ALA,CL, en consecuencia, se dispone el archivo de dicho procedimiento, dejándose sin efecto la Resolución Directoral N° 1638-2019-ANA/AAA.CO.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUB MATERIA: Caducidad
MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Caducidad de Oficio
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolucion de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento.
Marco normativo
Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.