R.TNRCH. Nº 0778-2025-ANA

Resumen

CUT: 13814-2023.

IMPUGNANTE: Luciano Máximo Haro Vidal.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es nulo el acto administrativo que omite pronunciarse sobre una oposición oportunamente formulada en un procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica.

MARCO NORMATIVO: Subnumeral 1.2 del numeral 1 del artículo IV y numeral 5.4. del artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nula y reposición.

Fecha de Resolución

Martes, 22 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1178-2024

Sumilla

Es nulo el acto administrativo que omite pronunciarse sobre una oposición oportunamente formulada en un procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica.

Marco normativo

Subnumeral 1.2 del numeral 1 del artículo IV y numeral 5.4. del artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0777-2025-ANA

Resumen

CUT: 23597-2023.

IMPUGNANTE: Asociación Ecológica Cordillera Escalera.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Faja marginal.

SUBMATERIA: Autorización de uso de faja marginal.

SUMILLA: Corresponde una nueva evaluación de la solicitud de uso de faja marginal cuando se ha actualizado la delimitación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 115.1 del artículo 115° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 16° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales, aprobado por Resolución Jefatural Nº 332-2016-ANA.

SENTIDO: Fundado y reposición.

Fecha de Resolución

Martes, 22 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

703-2024

Sumilla

Corresponde una nueva evaluación de la solicitud de uso de faja marginal cuando se ha actualizado la delimitación.

Marco normativo

Numeral 115.1 del artículo 115° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 16° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales, aprobado por Resolución Jefatural Nº 332-2016-ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0761-2025-ANA

Resumen

CUT: 142029-2024.

IMPUGNANTE: Colegio de Ingenieros del Perú – Consejo Departamental de Piura.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: Cuando el administrado presenta en segunda instancia un documento relacionado con la certificación ambiental del proyecto, amerita que la autoridad emita un nuevo pronunciamiento respecto de su solicitud.

MARCO NORMATIVO: Literal d) del numeral 16.2. del artículo 16º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Fundado y reposición.

Fecha de Resolución

Viernes, 18 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

152-2024

Sumilla

Cuando el administrado presenta en segunda instancia un documento relacionado con la certificación ambiental del proyecto, amerita que la autoridad emita un nuevo pronunciamiento respecto de su solicitud.

Marco normativo

Literal d) del numeral 16.2. del artículo 16º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0756-2025-ANA

Resumen

CUT: 156945-2024.

IMPUGNANTE: Candelaria Concepción Rodríguez Pacco.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Superficial.

SUMILLA: Cuando en el procedimiento se advierte que ha fallecido una persona, corresponde que la licencia sea otorgada sus herederos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 7 del artículo 54° de la Ley de Recursos Hídricos; Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.

SENTIDO: Fundado y reponer.

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1233-2024

Sumilla

Cuando en el procedimiento se advierte que ha fallecido una persona, corresponde que la licencia sea otorgada sus herederos.

Marco normativo

Numeral 7 del artículo 54° de la Ley de Recursos Hídricos; Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0702-2025-ANA

Resumen

CUT: 61651-2024.

IMPUGNANTE: Asociación Junta Administradora de Servicios de Saneamiento Langostinos del Sur.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras.

SUMILLA: Cuando el administrado presenta en segunda instancia un documento relacionado con la acreditación de la propiedad o posesión legítima del predio donde se efectuarán las obras de alumbramiento, amerita que la autoridad emita un nuevo pronunciamiento respecto de su solicitud.

MARCO NORMATIVO: Numeral 84.1 del artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y, numeral b) del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Fundado y reponer.

Fecha de Resolución

Miércoles, 02 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

Sumilla

Cuando el administrado presenta en segunda instancia un documento relacionado con la acreditación de la propiedad o posesión legítima del predio donde se efectuarán las obras de alumbramiento, amerita que la autoridad emita un nuevo pronunciamiento respecto de su solicitud.

Marco normativo

Numeral 84.1 del artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y, numeral b) del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0692-2025-ANA

Resumen

CUT: 63959-2024.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) del Sector Villarreal - La Planicie.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: Es nula la resolución directoral que declaró improcedente por extemporáneo el recurso cuando, en realidad, se había presentado dentro del plazo legal.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulo y reponer.

Fecha de Resolución

Lunes, 30 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

190-2025

Sumilla

Es nula la resolución directoral que declaró improcedente por extemporáneo el recurso cuando, en realidad, se había presentado dentro del plazo legal.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0670-2025-ANA

Resumen

CUT: 40382-2025.

ADMINISTRADA: Betty Maricriz Urbano Paqui.

ÓRGANO: ALA Chancay - Huaral.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: : Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: La Administración Local de Agua no tiene competencia para realizar la división física del predio, objeto de la licencia de uso de agua, salvo que se sustente en la partición de todos los copropietarios o una resolución judicial.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Nulo de oficio y reponer.

Fecha de Resolución

Miércoles, 25 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

324-2025

Administrado

Betty Maricriz Urbano Paqui

Sumilla

La Administración Local de Agua no tiene competencia para realizar la división física del predio, objeto de la licencia de uso de agua, salvo que se sustente en la partición de todos los copropietarios o una resolución judicial.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0643-2025-ANA

Resumen

CUT: 162310-2024.

IMPUGNANTE: Incot S.A.C. Contratistas Generales.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Autorización de uso de agua.

SUBMATERIA: Ejecución de obras.

SUMILLA: No corresponde exigir la presentación de un IGAPRO cuando el sector ha determinado que la obra para la cual se solicita la autorización de uso de agua requiere únicamente de la elaboración del Formato de Acciones.

MARCO NORMATIVO: Artículo 2° del TUO de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 094-2018-PCM, artículos 8° y 10° de las Disposiciones para la implementación de los numerales 8.7 y 8.8 del artículo 8 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 015-2018-MINAM y el artículo 33° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Fundado, nulo y reponer.

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1346-2024.

Sumilla

No corresponde exigir la presentación de un IGAPRO cuando el sector ha determinado que la obra para la cual se solicita la autorización de uso de agua requiere únicamente de la elaboración del Formato de Acciones.

Marco normativo

Artículo 2° del TUO de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 094-2018-PCM, artículos 8° y 10° de las Disposiciones para la implementación de los numerales 8.7 y 8.8 del artículo 8 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 015-2018-MINAM y el artículo 33° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0588-2025-ANA

Resumen

CUT: 237551-2024.

IMPUGNANTE: Asociación Irrigación Alto Cinto.

ÓRGANO: ALA Caplina - Locumba.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica sin perforación de pozo exploratorio.

SUMILLA: La autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea se realiza respecto de la fuente natural de agua sin perjuicio de la condición del suelo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, el numeral 80.1 del artículo 80º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, modificado por el Decreto Supremo Nº 023-2014-MINAGRI.

SENTIDO: Fundado, nula y reposición.

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

030-2025

Sumilla

La autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea se realiza respecto de la fuente natural de agua sin perjuicio de la condición del suelo.

 

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, el numeral 80.1 del artículo 80º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, modificado por el Decreto Supremo Nº 023-2014-MINAGRI.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0573-2025-ANA

Resumen

CUT: 131772-2024.

IMPUGNANTE: Marva Gracia Lozano Costa.

ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Notificación.

SUMILLA: La falta de notificación válida del inicio del procedimiento ocasiona la nulidad de lo actuado en el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 26.1 del artículo 26º del Texto Único ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulo y reponer.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

147-2025

Sumilla

La falta de notificación válida del inicio del procedimiento ocasiona la nulidad de lo actuado en el procedimiento.

Marco normativo

numeral 26.1 del artículo 26º del Texto Único ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor