R.D. Nº 017-2013-ANA-DARH
Rectificar, con efecto retroactivo, el cuadro inserto en el artículo 1º de la parte resolutiva de la Resolución Directoral Nº 044-2012-ANA-DARH, enmendada por la Resolución Directoral Nº 097-2012-ANA-DARH.
Rectificar, con efecto retroactivo, el cuadro inserto en el artículo 1º de la parte resolutiva de la Resolución Directoral Nº 044-2012-ANA-DARH, enmendada por la Resolución Directoral Nº 097-2012-ANA-DARH.
Desestimar la oposición formulada por la Empresa de Generación Eléctrica Cheves S.A., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar el Estudio de Aprovechamiento Hídrico, en lo que corresponde al estudio hidrológico, a nivel definitivo, para el proyecto de la Central Hidroeléctrica Ccollpani, presentado por EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA CCOLLPANI S.A.C., según el cual se ha acreditado una oferta hídrica del río Vilcanota, en el punto de interés, de 3 194,48 Hm³ y uan disponibilidad hídrica para el Proyecto de 1 484,30 Hm³.
Disponer la inscripción de la empresa HC & ASOCIADOS S.R.L, en el Registro de Consultores de Estudios de Aguas Subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables, computados a partir de la notificación de la presente resolución.
Disponer la inscripción de la empresa WALSH PERÚ S.A INGENIEROS Y CIENTÍFICOS CONSULTORES, en el Registro de Consultores de Estudios de Aguas Subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables, computados a partir de la notificación de la presente resolución.
Disponer la inscripción del Ing. Toribio Sebastián Santayana Vela, en el Registro de Consultores de Estudios de Aguas Subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables, computados a partir de la notificación de la presente resolución.
Disponer la inscripción del Ing. Edgar Manuel Acosta Pinto, en el Registro de Consultores de Estudios de Aguas Subterráneas, por un periodo de cuatro (04) años renovables, computados a partir de la notificación de la presente resolución.
Disponer la acumulación de los escritos de fecha 30.10.2012, referidos a las solicitudes de cambio de titularidad de la Resolución Directoral Nº 142-2011-ANA-DARH, al guardar conexión entre sí, de conformidad con los fundamentos expuestos en el sétimo considerando de la presente resolución.
Disponer el cambio de titularidad de la aprobación del estudio de aprovechamiento hídrico únicamente en lo que respecta al estudio hidrológico a nivel definitivo para el desarrollo del Proyecto Central Hidroeléctrica El Carmen contenida en la Resolución Directoral Nº 156-2011-ANA-DARH, a favor de la empresa GENERACIÓN ANDINA S.A.C por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Desestimar las oposiciones formuladas por la Sociedad Agrícola de Interés Social (SAIS) TUPAC AMARU Ltda Nº 1 Pachacayo y Electroperú S.A., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Disponer la inscripción de la empresa MARCOR EXPORT S.A.C, en el Registro de empresas dedicadas a la perforación y mantenimiento de pozos de aguas subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables, computados a partir de la notificación de la presente resolución.
Aprobar el Estudio de Aprovechamiento Hídrico, únicamente en lo que respecta al estudio hidrológico a nivel definitivo, para el proyecto "Central Hidroeléctrica Picoy", presentado por el CONSORCIO HIDROENERGÉTICO PICOY, según el cual se ha acreditado una oferta hídrica del río Checras, en el punto de interés, de 138,94 hm³ y una disponibilidad hídrica para el proyecto de un volumen anual de 105, 01 hm³.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua con fines energéticos otorgada a favor de la empresa SOCIEDAD MINERA CORONA S.A, mediante Resolución Administrativa Nº 261-2001-AG-DRA.LC/ATDR.CHRL.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua con fines energéticos otorgada a favor de la empresa SOCIEDAD MINERA CORONA S.A, mediante Resolución Administrativa Nº 278-2002-AG-DRA.LC/ATDR.CHRL.
Prorrogar, por dos (02) años adicionales, con eficacia anticipada al 31.12.2012, la autorización de uso de agua para la ejecución de obras con fines de generación eléctrica para el Proyecto Central Hidroeléctrica Cheves I, ubicado en la Zona de Churín, distrito de San Juan de Pachangara, provincia de Oyón, departamento de Lima, el mismo que vencerá el 31.12.2014.
Rectificar, con efecto retroactivo, el tercer considerando y el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 131-2012-ANA-DARH, en el sentido que dice: RUC Nº 201000102766 y debe decir: RUCNº 20100102766
Disponer el cambio de titularidad de la aprobación del Estudio de Aprovechamiento Hídrico que contiene el estudio Hidrológico a nivel definitivo del Proyecto Central Hidroeléctrica Huatziroki I, otorgada mediante Resolución Directoral Nº 049-2012-ANA-DARH, a favor de la EMPRESA DE GENERACIÓN HIDRÁULICA SELVA S.A. - EGEHISSA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar el Estudio de Aprovechamiento Hídrico, únicamente en lo que respecta al estudio hidrológico a nivel definitivo, para el proyecto "Central Hidroeléctrica Santa María", presentado por ENERGÍA AZUL S.R.L, que acredita una oferta hídrica, al 75 % de persistencia, de un volumen anual de 3 782,8 Hm³ (MMC) y la disponibilidad hídrica, con la misma persistencia, para el proyecto en mención es de 2 416,8 Hm³ (MMC), proveniente del río Pampas, ubicado en los distritos de Anco, Huaccana y Vilcabamba, provincias de La Mar, Chincheros y la Convención, departamento de Ayacucho, Apurímac y Cusco, respectivamente, siendo los puntos de captación y devolución, distribución mensual y caudal ecológico.
Disponer el cambio de titularidad de la aprobación del estudio hidrológico a nivel definitivo, para el desarrollo del proyecto Central Hidroeléctrica RenovAndes H1 contenida en la Resolución Directoral Nº 0065-2011-ANA-DARH, a favor de la EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA SANTA ANA S.R.L por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Rectificar, con efecto retroactivo, el visto y el cuadro inserto en el artículo 1º de la parte resolutiva de la Resolución Directoral Nº 126-2012-ANA-DARH, en el sentido que dice: RUC Nº 20509311022 y Dario Varastequi Tocre y debe decir: RUC: Nº 201000102766 y Darío Verástegui Tocre, respectivamente.
Otorgar a favor de COMPAÑÍA MINERA SAYAPULLO S.A., autorización de ejecución de estudios para el aprovechamiento hídrico con fines energéticos provenientes de los río Membrillo, Sayapullo y Quebrada Catedral para el desarrollo del Proyecto Central Hidroeléctrica Membrillo, Central Hidroeléctrica Pacaymonte y Central Hidroeléctrica Catedral, ubicados en el distrito de Sayapullo, provincia de Gran Chimú, departamento de la Libertad, rspectivamente, los cuales plantean como posibles puntos de captación y devolución en las coordenadas UTM WGS 84-Zona 17.
Disponer la inscripción de la empresa RAMPERU S.A.C SERVICIOS GENERALES,en el Registro de empresas dedicadas a la perforación y mantenimiento de pozos de aguas subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables, computados a partir de la notificación de la presente resolución.
Otorgar a favor de la empresa EL MOLLE VERDE S.A.C, autorización de ejecución de estudios para el aprovechamiento hídrico con fines energéticos provenientes del río Seguiña para el desarrollo del Proyecto Central Hidroeléctrica Trapiche, ubicado en el distrito de Juan Espinoza Medrano, provincia de Antabamba, departamento de Apurímac, el cual plantea como posible punto de captación y devolución en las coordenadas UTM WGS 84-Zona 18,
Modificar la licencia de uso de agua con fines energéticos otorgada a favor de CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE LANGUI S.A. mediante las Resoluciones Administrativas Nros. 042-2001-MINAG-CTAR.C-DRA.C/ATDRS Y 0120-2002-MINAG-CTAR-DRA-C/ATDRS, precisando la distribución mensual y los puntos de captación y devolución del recursos hídrico para la generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Langui. En consecuencia el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 042-2001-MINAG-CTAR.C-DRA.C/ATDRS.
Disponer la inscripción de la empresa GEOTÉCNICA S.A.C., en el Registro de empresas dedicadas a la perforación y mantenimiento de pozos de aguas subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables, computados a partir de la presente resolución.
Disponer la inscripción de la empresa REPRESENTACIONES CONTINENTAL E.I.R.L., en el Registro de empresas dedicadas a la perforación y mantenimiento de pozos de aguas subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables, computados a partir de la notificación de la presente resolución.
Otorgar a favor de INTEC 2000 SISTEMAS FOTOVOLTAICOS (PERÚ), autorización de ejecución de estudios para el aprovechamiento hídrico con fines energéticos provenientes del río Metal para el desarrollo del Proyecto Central Hidroeléctrica Metal, ubicado en el distrito de Shunte, provincia Tocache, departamento de San Martín, el cual plantea como posible punto de captación y devolución en las coordenadas UTM WGS 84- Zona 18.
Otorgar a favor de INTEC 2000 SISTEMAS FOTOVALTAICOS (PERÚ), autorización de ejecución de estudios para el aprovechamiento hídrico con fines energéticos provenientes del río Culebra para el desarrollo del Proyecto Central Hidroeléctrica Culebra, ubicado en el distrito de Shunte, provincia de Tocache, departamento de San Martín, el cual plantea como posible punto de captación y devolución en las coordenadas UTM WGS 84- Zona 18.
Autorizar a favor de ELÉCTRICA YANAPAMPA S.A.C., hasta el 31.12.2012, la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico que le permita en los mismos términos expresados en la Resolución Directoral Nº 062-2009-ANA-DARH, la culminación de las obras comprendidas en el proyecto Central Hidroeléctrica Yanapampa, ubicado en el distrito de ACAS y Cochas, provincia de Ocros, departamento de Ancash.
Otorgar a favor de INTEC 2000 SISTEMAS FOTOVOLTAICOS (PERU), autorización de ejecución de estudios para el aprovechamiento hídrico con fines energéticos provenientes del río Tocache para el desarrollo del Proyecto Central Hidroeléctrica Tocache, ubicado en el distrito de Shunte, provincia de Tocache, departamento de San Martín, el cual plantea como posible punto de captación y devolución en las coordenadas UTM WGS 84 - Zona 18.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines energéticos, otorgada a favor de SOCIEDAD MINERA EL BROCAL S.A., mediante Resolución Directoral Nº 346-1965.
Aprobar el estudio de aprovechamiento hídrico, únicamente en lo que respecta al estudio hidrológico a nivel definitivo, para el desarrollo del proyecto Central Hidroeléctrica Santa Lorenza I, presentado por la EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA SANTA LORENZA S.A.C., el cual acredita la disponibilidad hídrica al 75 % de persistencia en el punto de interés por un volumen anual de 291.77 (MMC), cuyo punto de captación está localizado en las coordenadas UTM, Datum WGS-84, 373 287mE y 8 869 161 mN, y la devolución en las coordenadas 369 784 m-E y 8 874 961 m-N, a una altitud de 2447 y 2220 m.s.n.m respectivamente, siendo la disponibilidad hídrica y caudal ecológico.
Disponer la inscripción de la empresa BRUNAL PINA S.A.C, en el Registro de empresas dedicadas a la perforación y mantenimiento de pozos de aguas subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables, computados a partir de la notificación de la presente resolución.
Disponer la inscripción la empresa CICA INGENIEROS CONSULTORES PERÚ S.A.C, en el Registro de Consultores de Estudios de Aguas Subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables, computados a partir de la notificación de la presente resolución.
Disponer la inscripción del Ing. Tulio Armando Berrospi Cajavilca, en el Registro de Consultores de Estudios de Aguas Subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables, computados a partir de la notificación de la presente resolución.
Desestimar la inscripción del Ing. Javier Francisco Chiong Ampudia, en el Registro de Consultores de Estudios de Aguas Subterráneas, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Disponer la inscripción de la empresa SERVICIOS Y SUMINISTROS POZOS DEL PERÚ S.A.C, en el Registro de empresas dedicadas a la perforación y mantenimiento de pozos de aguas subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables, computados a partir de la notificación de la presente resolución.
Disponer la inscripción del Ing. Julio Roberto Huanca Montesinos, en el Registro de Consultores de Estudios de Aguas Subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables, computados a partir de la notificación de la presente resolución.
Otorgar a favor de la EMPRESA PERUANA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA S.A. autorización de ejecución de estudios para el aprovechamiento hídrico con fines energéticos provenientes del río Rímac para el desarrollo del Proyecto Central Hidroeléctrica Ñaña, ubicado en el distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima, el cual plantea como posible punto de captación y devolución en las coordenadas UTM WGS 84 - Zona 18,.
Aprobar el desistimiento propuesto por ENERGÍA AZUL S.R.L, y en consecuencia, declarar concluido el procedimiento de prórroga de la Resolución Directoral Nº 0113-2010-ANA-DARH, iniciado mediante solicitud de fecha 04.09.2012 e ingresado con Código Único de Tramite Nº 50684.
Declarar improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por Renewable Energy Perú S.A.C., contra la Resolución Directoral Nº 079-2012-ANA-DARH.
Declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Carlos Gustavo Aparicio García, contra la Resolución Directoral Nº 038-2012-ANA-DARH, por las razones expuestas en la parte considerativa.
Disponer la inscripción de la empresa CONSTRUCTORA ÚNICA S.A.C., en el Registro de empresas dedicadas a la perforación y mantenimiento de pozos de aguas subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables, computados a partir de la notificación de la presente resolución.
Disponer la inscripción de la empresa TRAMEISA S.R.L, en el Registro de empresas dedicadas a la perforación y mantenimiento de pozos de aguas subterráneas, por un período de cuatro (04) años renovables, computados a partir de la notificación de la presente resolución.
Declarar improcedente la solicitud acogimiento del régimen de incetivos en el pago de la retribución económica por el uso del agua, presentada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAMEGUA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Desestimar las oposiciones formuladas por la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Sicuani y la Municipalidad Distrittal de Pitumarca, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar el estudio de aprovechamiento, únicamente en lo que respecta al estudio hidrológico a nivel definitivo, para el desarrollo del proyecto Central Hidroeléctrica Chicrin V, presentado por la EMPRESA ADMINISTRADORA CHUNGAR S.A.C., el cual acredita la disponibilidad hidrica al 75 % de persistencia en el punto de interés por un volumen anual de 25.57 Hm³, siendo los puntos de captación y devolución, disponibilidad hídrica y caudal ecológico.
Disponer la inscripción de la empresa CASA GRANDE S.A.A, en el Registro de empresas dedicadas a la perforación y mantenimiento de pozos de aguas subterráneas, por un periodo de cuatro (04) años renovables, computados a partir de la notificación de la presente resolución.
Otorgar a favor de INTEC 2000 SISTEMAS FOTOVOLTAICOS (PERÚ), autorización de ejecución de estudios para el aprovechamiento hidrico con fines energéticos provenientes del río Grueso para el desarrollo del Proyecto Central Hidroeléctrica Grueso, ubicado en el distrito de Shunte, provincia Tocache, departamento de San Martín, el cual plantea como posible punto de captación y devolución en las coordenadas UTM WGS 84 - Zona 18.
Otorgar a favor de INTEC 2000 SISTEMAS FOTOVALTICOS (PERÚ), autorización de ejecución de estudios para el aprovechamiento hidrico con fines energéticos provenientes del río Shunte para el desarrollo del Proyecto Central Hidroeléctrica Shunte, ubicado en el distrito de Shunte, provincia de Tocache, departamento de San Martín, el cual plantea como posible punto de captación y devolución en las coordenadas UTM WGS 84- Zona 18.