R.TNRCH. Nº 1178-2024-ANA

Resumen

CUT: 35818-2024.

SOLICITANTES: Evert Layme Chipa representante de Barrios Populares de Santo Tomas, Chumbivilcas, Cusco; Zenón Molina Chaucca representante de la Comunidad Campesina Originaria de Pullpure Puente Coyo Uscarmarc.

ORGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: No procede la nulidad de oficio cuando el acto administrativo no está afectado por vicio alguno.

MARCO NORMATIVO: Artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 06 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

371-2024

Sumilla

No procede la nulidad de oficio cuando el acto administrativo no está afectado por vicio alguno.

Marco normativo

Artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1152-2024-ANA

Resumen

CUT: 146629-2024.

SOLICITANTE: Valentín Víctor Huerta Ramírez.

ORGANO: ALA Huaraz.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Jueves, 31 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

827-2024

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1151-2024-ANA

Resumen

CUT: 93614-2024.

SOLICITANTE: Comunidad Campesina de Sanka.

ORGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre el plazo de dos años desde que el acto quedó consentido, en el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Jueves, 31 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

786-2024

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre el plazo de dos años desde que el acto quedó consentido, en el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1144-2024-ANA

Resumen

CUT: 137305-2024.

IMPUGNANTE: Empresa Agraria Azucarera Andahuasi S.A.A.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización y usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

SUMILLA: Los conflictos internos de la persona jurídica no afectan el procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Artículos 10º y 213º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

719-2024

Sumilla

Los conflictos internos de la persona jurídica no afectan el procedimiento administrativo sancionador.

Marco normativo

Artículos 10º y 213º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1140-2024-ANA

Resumen

CUT: 25356-2024.

SOLICITANTE: Andrés León Miranda.

ORGANO: ALA Chicama

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Permiso de uso de agua por superávit hídrico.

SUMILLA: No corresponde declarar la nulidad solicitada por el presunto poseedor cuando el derecho de uso de agua se otorgó al propietario del predio.

MARCO NORMATIVO: Artículos 60° de la Ley de Recursos Hídricos, el artículo 87° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 34° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 23 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

406-2024

Sumilla

No corresponde declarar la nulidad solicitada por el presunto poseedor cuando el derecho de uso de agua se otorgó al propietario del predio

Marco normativo

Artículos 60° de la Ley de Recursos Hídricos, el artículo 87° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 34° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. N° 1085-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 157670-2024.

SOLICITANTE: María Alejandra Gonzales Vda. De Mejía.

ORGANO: ALA Huaraz.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

909-2024

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. N° 1084-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 184002-2022.

SOLICITANTE: Santos Bernardino Torres Sosa.

ORGANO: ALA Huaura.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de derecho de uso de agua.

SUMILLA: No corresponde declarar la nulidad de la extinción y otorgamiento de derecho de uso de agua cuando el titular del derecho de uso de agua ha participado en la transferencia del predio.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

687-2024

Sumilla

No corresponde declarar la nulidad de la extinción y otorgamiento de derecho de uso de agua cuando el titular del derecho de uso de agua ha participado en la transferencia del predio.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. N° 1083-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 29321-2024.

SOLICITANTE: Jessica Lisbeth Motta Montoya.

ORGANO: ALA Tambo Alto -Tambo.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de derecho de uso de agua.

SUMILLA: No existe vicio de nulidad en la extinción y otorgamiento de un permiso de uso de agua cuando el titular ha transferido la totalidad del predio objeto del derecho.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 007- 2015-ANA.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

806-2024

Sumilla

No existe vicio de nulidad en la extinción y otorgamiento de un permiso de uso de agua cuando el titular ha transferido la totalidad del predio objeto del derecho.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 007- 2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. N° 1081-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 10449-2023.

SOLICITANTE: Ronal Gil Vásquez.

ORGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Delimitación de la faja marginal.

SUBMATERIA: Autorización de uso de faja marginal.

SUMILLA: No corresponde declarar la nulidad cuando el acto administrativo cumple con los requisitos de forma y fondo.

MARCO NORMATIVO: Artículos 10º y 213º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

105-2024

Sumilla

No corresponde declarar la nulidad cuando el acto administrativo cumple con los requisitos de forma y fondo.

Marco normativo

Artículos 10º y 213º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1070-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 212864-2023.

IMPUGNANTE: Alejandro Faustino Laura Quispe.

ORGANO: ALA Mala – Omas – Cañete.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular.

SUMILLA: No corresponde la nulidad de oficio de un acto administrativo cuando el solicitante presenta una escritura pública de compraventa que ha sido anulada por sentencia con calidad de cosa juzgada.

MARCO NORMATIVO: Numeral 23.3 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 02 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

475-2024

Sumilla

No corresponde la nulidad de oficio de un acto administrativo cuando el solicitante presenta una escritura pública de compraventa que ha sido anulada por sentencia con calidad de cosa juzgada.

Marco normativo

Numeral 23.3 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor