1 - 10 Normativas de 11805
R.TNRCH. Nº 0778-2025-ANA

CUT: 13814-2023.

IMPUGNANTE: Luciano Máximo Haro Vidal.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es nulo el acto administrativo que omite pronunciarse sobre una oposición oportunamente formulada en un procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica.

MARCO NORMATIVO: Subnumeral 1.2 del numeral 1 del artículo IV y numeral 5.4. del artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nula y reposición.

Fecha de resolución: Martes, 22 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0777-2025-ANA

CUT: 23597-2023.

IMPUGNANTE: Asociación Ecológica Cordillera Escalera.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Faja marginal.

SUBMATERIA: Autorización de uso de faja marginal.

SUMILLA: Corresponde una nueva evaluación de la solicitud de uso de faja marginal cuando se ha actualizado la delimitación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 115.1 del artículo 115° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 16° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales, aprobado por Resolución Jefatural Nº 332-2016-ANA.

SENTIDO: Fundado y reposición.

Fecha de resolución: Martes, 22 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0776-2025-ANA

CUT: 34936-2021.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento de Arizona.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: No corresponde el otorgamiento de una licencia de uso de agua con fines poblacionales de aguas de filtración.

MARCO NORMATIVO: Artículo 39° de la Ley de Recursos Hídricos y artículos 58º y 59º de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Martes, 22 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0775-2025-ANA

CUT: 78567-2020.

SOLICITANTE: Sebastián Nicolás Oneto Valle.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de 2 años desde que el acto quedó consentido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Martes, 22 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0774-2025-ANA

CUT: 245405-2024.

SOLICITANTE: Mercedes Emérita Huertas Coveñas.

ÓRGANO: ALA Medio y Bajo Piura.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Es nula la extinción y otorgamiento de una licencia de uso de agua amparada en una compraventa otorgada por un juez de paz que carece de competencia.

MARCO NORMATIVO: Artículo 17° de la Ley de Justicia de Paz, numerales 23.1 y 23.2. del artículo 23° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua” y numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de resolución: Martes, 22 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0773-2025-ANA

CUT: 41841-2024.

IMPUGNANTE: Comunidad Nativa Manco Cápac- Río Puinahua.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Acto no impugnable.

SUMILLA: Las cartas informativas no tienen la condición de acto administrativo y, por lo tanto, no son impugnables.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 1º, numeral 120.1 del artículo 120º y numeral 217.2 del artículo 217º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Martes, 22 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0772-2025-ANA

CUT: 25133-2024.

IMPUGNANTE: Kelly Yanina Meléndez Lozano.

ÓRGANO: ALA Chancay Lambayeque.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de derecho de uso de agua.

SUMILLA: No corresponde otorgar el permiso de uso de agua a favor de una sola persona cuando existen otros copropietarios.

MARCO NORMATIVO: Numeral 23.1 del artículo 23° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Martes, 22 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0771-2025-ANA

CUT: 8959-2023.

IMPUGNANTE: Pachanga S.A.C.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Se configura la infracción cuando se ejecutan obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, sin autorización en los bienes asociados a fuentes de aguas.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277º de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 2.10 UIT - Grave.

Fecha de resolución: Martes, 22 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0770-2025-ANA

CUT: 117390-2023.

IMPUGNANTE: Mario López Mamani.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: La infracción por efectuar vertimientos de aguas residuales, tratadas o sin tratar, se configura por no contar con una autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 2.01 UIT – Grave.

Fecha de resolución: Martes, 22 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0769-2025-ANA

CUT: 187565-2024.

IMPUGNANTE: Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Puno.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Ejecutar o modificar obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

SUMILLA: No se vulnera el derecho de defensa cuando se notifica válidamente al administrado.

MARCO NORMATIVO: Numerales 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 0.5 UIT – Leve.

Fecha de resolución: Viernes, 18 Julio 2025
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